Sabado 18de Mayo de 2024CORRIENTES15°Pronóstico Extendido

Dolar Compra:$865,5

Dolar Venta:$905,5

Sabado 18de Mayo de 2024CORRIENTES15°Pronóstico Extendido

Dolar Compra:$865,5

Dolar Venta:$905,5

/Ellitoral.com.ar/ Opinión

La reforma laboral en Argentina: ¿un paso adelante o un retroceso en derechos laborales?

Por Silvia Zarza, abogada egresada de la UNNE, directora de Zarza & Asociados

Especial para El Litoral

La reciente propuesta de reforma laboral contenida en la Ley Bases aprobada por la cámara de diputados de la Nación, ha generado un intenso debate en la sociedad argentina. Si bien se plantea como una medida para modernizar y adaptar la legislación laboral a las necesidades actuales del mercado, es crucial analizar sus implicaciones desde una perspectiva crítica, especialmente en lo que respecta a la protección de los derechos de los trabajadores y la estabilidad laboral.

Ante todo, es fundamental tener presente el carácter de orden público de las leyes laborales, a la vez que por derecho constitucional el estado debe garantizar el real respeto de estos derechos.

Sin lugar a dudas Argentina debe tener leyes acordes al mundo actual, adaptadas a las necesidades económicas y sociales en un contexto mucho más complejo que hace casi 100 años cuando los primeros trabajadores empezaron sus luchas por derechos para humanizar el trabajo.

En aquel tiempo las deplorables condiciones laborales, de algunos sectores como los rurales, trabajadores de la construcción, entre otros generaron los primeros movimientos, que luego se plasmaron en leyes que regularon la actividad, luego siguieron otros trabajadores, que fueron organizados a través de organizaciones gremiales, dando lugar a los convenios colectivos de trabajo.

El 13/05/1976 se sanciona la Ley 20744, ley madre que consagra en general todos los derechos laborales.

En nuestro país, el derecho laboral al ser de orden público, tiene una jurisdicción propia en la estructura del poder judicial para el tratamiento de todas las cuestiones referidas a la relación laboral entre el empleador y el trabajador, para lograr el equilibrio protectorio entre el trabajador, más vulnerable y el empleador en teoría la parte más fuerte de la relación.

Claramente esa diferencia entre el trabajador y empleador es muy significativa en las grandes fábricas, empresas nacionales o multinacionales, donde el poder económico es mucho más fuerte produciendo el desequilibrio que se necesita proteger a la parte más vulnerable, el trabajador.

Pero no sucede lo mismo en las pequeñas y mediana empresas, las microempresas o emprendimientos, en los que el “empresario o dueño” es un trabajador más y que codo a codo con los empleados, es el primero en llegar al lugar de trabajo y último en irse, incluso a veces seguirá en la empresa hasta los días de descanso, por la responsabilidad que cae sobre sus hombros, no solo de salir adelante, sino además teniendo que cumplir con las cargas fiscales, impositivas, de la seguridad social, cuyo incumplimiento generaría mayor presión económica.

El 70% de la economía argentina es movilizada por las PYMES, microempresas, y emprendimientos, son ellos quienes no han tenido acceso al crédito en los últimos años, y que para poder sobrevivir en contextos económicos muy adversos han caído, en muchos casos, a prestamos muy caros, descapitalizándose, e incluso para pagar juicios laborales donde las leyes son aplicables como regla matemática, sin evaluación del contexto general que llevó al “empresario-trabajador” a la pérdida total de sus bienes.

Es por algunas de estas razones que, en un país de muy larga extensión, con una gran diversidad de suelos y de explotación económica, con provincias muy ricas y provincias muy pobres, donde es casi imposible lograr un equilibrio haciendo distribución excluyendo a las más pobres, no se pueden lograr leyes justas aplicables por igual a todas las regiones de la Argentina.

La generalización puede llevar a situaciones muy injustas.

Dicho lo anterior, veamos algunos puntos clave de la reforma laboral propuesta en la ley de bases; uno de ellos trata de la extensión del período de prueba: La ampliación del período de prueba a seis meses para empresas de más de 100 trabajadores, ocho meses para empresas de 6 a 99 trabajadores, e incluso hasta un año en empresas de menor tamaño. De todos modos, esta medida podría ser contraproducente en relación a la estabilidad laboral.

Eliminación de multas por trabajo no registrado: ¿Un estímulo a la informalidad laboral?

La eliminación de multas por trabajo no registrado y la introducción de un período de blanqueo y moratoria para regularizar la situación de los trabajadores no registrados plantea dudas sobre su efectividad para combatir la informalidad laboral.

¿Realmente incentivará a las empresas a regularizar a sus empleados si no existen consecuencias significativas por mantenerlos en la informalidad? En principio parece una medida que trae alivio a las pymes y empresas más pequeñas, que son las que han venido intentando sobrevivir en un contexto económico muy adverso, sin dudas, que baje el índice de informalidad, dependerá del contralor de los organismos de policía del trabajo.

Fondo de cese laboral y contratación de seguro: ¿Una externalización del riesgo laboral?

En principio, para las pequeñas empresas, es un verdadero alivio, ir pagando a un fondo que tal vez no lo ocupe nunca o cuando sea necesario, disminuya la presión económica de desvincular a un empleado.

También para el trabajador, el hecho de hacerse el fondo de desempleo, tal vez sea una solución más inmediata, que esperar la realización de un crédito laboral, después de un proceso judicial que puede llevar años de litigio.

Sin embargo, la creación de un fondo de cese laboral para indemnizaciones, así como la posibilidad de contratar un seguro, plantea la pregunta de si estamos externalizando el riesgo laboral de las empresas a los propios trabajadores. ¿No estaríamos transfiriendo la responsabilidad de garantizar las indemnizaciones laborales a los empleados, quienes tendrían que asumir el costo de estos seguros o fondos?

Finalmente, la creación de la figura del trabajador "colaborador" de un trabajador independiente podría beneficiar a las Pymes en varios aspectos, por ejemplo: para aquellas de recursos limitados, contar con la posibilidad de contratar colaboradores independientes les brinda flexibilidad en la gestión de su fuerza laboral. Esto les permite adaptarse mejor a las fluctuaciones de la demanda y a las necesidades específicas de proyectos temporales o estacionales. Disminución de costos laborales a la vez que contar con equipos con habilidades especiales para el desarrollo del emprendimiento.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que la figura del colaborador también plantea desafíos y consideraciones importantes, tanto para las PYMES como para los propios trabajadores independientes. Es fundamental asegurarse de que se respeten los derechos laborales y se establezcan relaciones laborales justas y equitativas, incluso en el contexto de colaboraciones independientes.

En conclusión, la reforma laboral propuesta plantea una serie de desafíos y cuestionamientos que deben ser abordados con seriedad y rigurosidad. Es imperativo garantizar que cualquier cambio legislativo en materia laboral que tienda al tan esperado desarrollo económico del país, a su vez respete los derechos y la dignidad de los trabajadores, sin comprometer su estabilidad ni su seguridad laboral; la reforma debería tener la visión general de la extensión y diversidad económica del país para lograr cambios sustentables, justos y equitativos.

 

¿Te gustó la nota?

Ocurrió un error